Cadena de Suministro acaba de publicar su monográfico “Especial Resumen 2017 – Perspectivas 2018” donde nuestro socio Luis Alberto García ha participado en esta publicación con su artículo «2017: año de trámite en lo legislativo, pero no en lo judicial” que transcribimos a continuación:

El 2017 será recordado por la modificación del régimen jurídico del sector de la estiba para cumplir con la Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de diciembre de 2014 que consideró que nuestra normativa infringía la libertad de establecimiento del Tratado de la Unión.

Así, tras un primer intento fallido y una importante presión por parte de los estibadores, cuyas huelgas paralizaron en varias ocasiones los puertos, el Gobierno aprobó en mayo la nueva regulación.

La reforma no sólo llegó tarde, siendo España multada con 3 millones de euros, sino que además fue incompleta, al dejar al correspondiente desarrollo reglamentario cuestiones fundamentales como la organización de los nuevos Centros Portuarios de Empleo.

En el 2017 se habló largo y tendido sobre dumping social y competencia desleal en el ámbito del transporte terrestre. El sector estuvo muy pendiente del efecto que supondría la transposición de la Directiva europea de trabajadores desplazados. Finalmente, el Consejo de la UE decidió posponer la aplicación de dicha regulación al transporte terrestre hasta la aprobación en 2018 del denominado «Paquete de Movilidad«, cuyo primer bloque normativo regulará el acceso a la profesión y al mercado, el alquiler de vehículos de mercancías sin conductor y los tiempos de conducción y descanso.

El nuevo texto del ROTT también suscitó gran expectación en las empresas de transporte. La regulación del gestor del transporte, la flota mínima, la pérdida de honorabilidad y las modificaciones del régimen sancionador estaban entre las novedades anunciadas. A pesar de que fuentes ministeriales llegaron a afirmar que el texto entraría en vigor en julio de 2017, diversas circunstancias, como el hecho de que el Tribunal de la Unión Europea se haya pronunciado en contra de la legalidad del requisito de la flota mínima, han retrasado su aprobación hasta 2019. 

En lo judicial, noviembre de 2017 nos dejó dos sentencias del Tribunal Supremo de vital importancia para los transportistas y que cambiarán las reglas del jugo en sus relaciones con aseguradoras y cargadores. Así, el Tribunal Supremo reconoció que las cláusulas de debida vigilancia de las mercancías de las pólizas de seguros son cláusulas limitativas de los derechos del asegurado. Por tanto, los transportistas han de ser debidamente informados de su contenido y éstos han de aceptarlas expresamente para que sean consideradas válidas y eficaces. 

Por otra parte, el mencionado órgano judicial confirmó que el derecho del transportista efectivo a reclamar el precio del porte al cargador mediante acción directa no se encuentra limitado por el hecho de que éste ya lo hubiera abonado antes al correspondiente intermediario. Por lo tanto, el cargador deberá de pagar el porte en cualquier caso al transportista efectivo de no haberlo cobrado éste.

Finalmente, ¿qué nos deparará este 2018?. 

A nivel nacional se abordará, entre otras cuestiones, el Reglamento General de Carreteras, la regulación de la actividad de consignatario, la modificación del régimen de las titulaciones de la Marina Mercante y la adaptación del servicio de practicaje al marco europeo. A nivel internacional el tema principal será, como no, el Brexit. Y es que empezaremos a ver cómo se regirá el mercado tras la separación definitiva prevista para marzo de 2019.

Autor: Luis Alberto García

Email: lag@rogersco.es

Suscríbete a nuestra newsletter

* campos obligatorios